Trabajamos a diario con personas y con autónomos que necesitan salir de deudas con la ley de segunda oportunidad en Valencia sin complicaciones. Te ayudamos a definir una estrategia realista desde el primer contacto y te acompañamos en todo el proceso hasta la exoneración.
Cómo funciona y a quién te puede ayudar
Qué es la EPI y por qué puede ser tu “borrón y cuenta nueva”

La exoneración del pasivo insatisfecho (EPI) te permite cancelar deudas financieras y comerciales cuando existe insolvencia y cumples los requisitos de buena fe. Puedes lograrla con liquidación de bienes o sin liquidación mediante un plan de pagos (plan de pagos sin liquidación).
Con la EPI se paralizan las ejecuciones mientras se tramita y, cuando se aprueba, puedes reorganizar tu economía. La clave está en un plan bien planteado y en una documentación completa.
Requisitos de buena fe y documentación que conviene preparar
Los requisitos de buena fe del deudor exigen transparencia: declarar todos los bienes y todos los ingresos, evitar pagos selectivos y reintegros a un acreedor concreto y colaborar con el juzgado y, si procede, con la administración concursal.
La documentación necesaria en la Ley de la Segunda Oportunidad incluye el inventario de bienes y la lista de acreedores, los extractos bancarios, el IRPF y el IVA si eres autónomo, y los justificantes de ingresos y gastos. En algunos casos sumamos un informe pericial o una prueba pericial para demostrar la viabilidad del plan.
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Tramitación práctica de la Ley de la Segunda Oportunidad en Valencia
Competencia de los Juzgados de lo Mercantil y fases
Tu asunto lo tramitan los Juzgados de lo Mercantil de Valencia del partido judicial de tu domicilio. La competencia territorial en la provincia de Valencia se fija por ese domicilio. Presentamos la demanda de concurso de persona natural y la solicitud de EPI, normalmente por presentación telemática en la Sede Judicial Electrónica.
Tras la admisión llega la suspensión de embargos y ejecuciones, se forma la lista de acreedores y el inventario de bienes y avanzas hacia la liquidación o hacia la aprobación del plan, con o sin administración concursal en Valencia según proceda. Adaptamos los escritos a la práctica de cada sección.
¿Sabías que…?
Una lista de acreedores incompleta retrasa el procedimiento. Usamos plantillas que ordenan importes, garantías y fechas para reducir incidencias y objeciones.
Tiempos razonables y cómo acelerar tu caso
Los tiempos dependen de la carga del juzgado y de la complejidad. Para tener contexto objetivo puedes consultar las estadísticas concursales en el portal registral.
Si entregas un expediente completo, la admisión suele llegar en semanas y la fase de inventario y de lista en unos meses. Si eliges plan de pagos, la EPI definitiva depende de su cumplimiento, con duración del procedimiento de 3 a 5 años hasta el cierre total.
¿Qué te conviene más: plan de pagos o liquidación?
| Aspecto | Plan de pagos (sin liquidación) | Liquidación de bienes |
|---|---|---|
| Objetivo | Mantener activos esenciales y cumplir cuotas realistas | Vender activos embargables y cerrar la deuda pendiente |
| Vivienda habitual | Posible conservarla si el plan es viable | Puede venderse si es necesario para pagar |
| Crédito público | Límites en la primera exoneración; resto se ordena | Idénticos límites; cierre más rápido si no hay viabilidad |
| Duración | De 3 a 5 años hasta la EPI definitiva | Más corta si hay pocos bienes y pocos incidentes |
| Cuándo elegir | Tienes ingresos estables y necesitas conservar vivienda o herramientas | No hay margen para cuotas o los bienes no son esenciales |
| Documentación clave | Presupuesto realista + justificantes + (si procede) informe o prueba pericial | Inventario detallado + tasaciones y justificantes de titularidad |
Evaluación gratuita y plan claro en 48 horas
Revisamos tu situación, te proponemos el plan de pagos o la liquidación y te damos por escrito los costes de abogado y de procurador. Te mantenemos informado en todo momento y te ayudamos a entregar la documentación sin fallos.
Escríbenos por WhatsApp o deja tus datos y te llamamos.
¿Plan de pagos o liquidación? Decidimos con números
Plan de pagos: conservar tu vivienda y tu actividad cuando es viable

El plan de pagos permite la conservación de la vivienda habitual y de los activos esenciales cuando los números salen. Priorizamos tus gastos imprescindibles y calculamos cuotas asumibles. El crédito público (AEAT y Seguridad Social, 10.000 € por ente con reglas específicas) tiene límites en la primera exoneración; el resto se ordena en el propio plan.
Hacemos simulaciones con diferentes ingresos, revisamos la hipoteca y las herramientas de trabajo y justificamos por qué el plan es sostenible. Eso reduce objeciones y acerca el auto de exoneración definitiva cuando cumplas el plan.
Liquidación: cuándo te conviene y cómo proteger lo esencial
Si no hay margen para un plan, la liquidación de bienes en concurso de persona natural acelera la exoneración. Se realiza el activo conforme a un plan de liquidación y se pide la exoneración del remanente no satisfecho.
En préstamos con garantía, la parte cubierta por la garantía no se perdona; el déficit hipotecario exonerable tras la ejecución sí puede incluirse. El objetivo es cerrar el procedimiento y preservar tu estabilidad futura.
Preguntas clave antes de presentar
Crédito público, pagos selectivos y buena fe
En la primera EPI, el crédito público es exonerable con límites legales. Ajustamos tu propuesta a los criterios de la sección competente. Evita pagos selectivos y reintegros y guarda justificantes de cualquier movimiento previo.
La buena fe se demuestra con transparencia y con respuestas rápidas a los requerimientos. Un calendario de plazos y un responsable claro facilitan el avance.
Autónomos y microempresas: especialización y trámites digitales
Si cumples los umbrales del procedimiento especial de microempresas (Libro III), la tramitación es más estandarizada y digital. En determinadas fases reduce costes y tiempos. Te guiamos con los formularios, con los libros de ingresos y gastos y con la propuesta de continuidad si procede.
La meta es mantener tu actividad mientras avanzas hacia la exoneración sin sorpresas.
Conclusión
La Ley de la Segunda Oportunidad en Valencia exige una estrategia clara, una documentación ordenada y un plan que resista objeciones. Con un expediente bien preparado, la admisión llega antes y el camino hacia la EPI es más previsible.
Te acompañamos en cada paso: la elección de la vía, la preparación del plan o de la liquidación, la comunicación con los acreedores y el seguimiento del procedimiento. Así recuperas la operatividad financiera con seguridad jurídica.
Pide tu evaluación gratuita. Te diremos con claridad qué puedes conseguir y en qué plazos.
Preguntas frecuentes
Requisitos y juzgados en Valencia
¿Cuáles son los requisitos para acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad en Valencia?
Insolvencia actual o inminente, buena fe, inventario y lista de acreedores completos y colaboración con el juzgado. Si hay plan, debe ser viable.
¿Qué juzgado tramita la Ley de Segunda Oportunidad en la provincia de Valencia?
El Juzgado de lo Mercantil del partido judicial de tu domicilio en la provincia. La asignación depende del Decanato.
¿Qué documentos necesitas para iniciar el proceso en Valencia?
Extractos, IRPF/IVA, vida laboral, contratos, inventario de bienes y lista de acreedores con importes y con garantías.
Tiempos, costes y vivienda
¿Cuánto tarda un procedimiento de Segunda Oportunidad en Valencia?
Admisión en semanas y fases centrales en meses, según la carga del juzgado y la complejidad. La EPI definitiva en plan llega tras cumplirlo.
¿Cuánto cuesta acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad en Valencia?
Depende de la complejidad, del número de acreedores y de si hay liquidación. Damos presupuesto cerrado tras evaluar tu caso.
¿Puedes conservar la vivienda habitual con la Ley de Segunda Oportunidad?
Sí, si el plan es viable y la cuota es sostenible. En garantía real no se perdona lo cubierto por la garantía; el déficit puede exonerarse.
Crédito público, autónomos y “después de la EPI”
¿Puedes acogerte si tienes deudas con Hacienda o con la Seguridad Social en Valencia?
En la primera EPI el crédito público es exonerable con límites. El resto se ordena en el plan de pagos.
¿Es obligatorio contratar abogado y procurador para solicitar la Segunda Oportunidad?
En la práctica sí. Además, puede intervenir la administración concursal según la vía elegida y el caso.
¿Qué diferencia hay entre la vía con liquidación y el plan de pagos sin liquidación?
Con liquidación se realiza el activo y se solicita la exoneración del remanente. Sin liquidación conservas activos esenciales y cumples un plan aprobado por el juzgado.
¿Qué pasa después de conseguir la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI)?
Se cierran las deudas exoneradas. Te ayudamos con la cancelación en ficheros de morosidad y con hábitos financieros para evitar recaídas.
